Buenos Aires, 29 de agosto de 2025.- En la ciudad de La Plata el martes 20 del corriente autoridades de la provincia de Buenos Aires presentaron la nueva disposición de Personas Jurídicas para entidades religiosas no católicas. Con el cambio de normativa, serán reconocidas como iglesias, comunidades o entidades religiosas. El acto tuvo lugar en el Salón Dorado de la Casa de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
Estuvieron presentes el gobernador Axel Kicillof; la jefa de Asesores, Cristina Alvarez Rodríguez y el ministro de Justicia, Juan Martín Mena. Junto a ellos también asistieron los ministros de Infraestructura, Gabriel Katopodis y su par de Seguridad, Javier Alonso; el director de Cultos, Juan Torreiro; los intendentes, Mariano Cascallares (Almirante Brown), Mario Secco (Ensenada), Julio Alak (La Plata), Fernando Moreira (San Martín), Gustavo Menéndez (Merlo) y Fabián Cagliardi (Berisso). Participaron por ACIERA, su titular, pastor Christian Hooft, el secretario Alejandro Espínola, y los pastores Matías Franco y Orlando Vitale, miembros del Consejo Directivo Nacional. También autoridades de FAIE y Fecopeba.
Con esta iniciativa se aprobó la posibilidad de que las iglesias puedan acceder a la rúbrica oficial de sus libros contables, otorgando así seguridad jurídica y transparencia a las entidades de fe. Este avance histórico responde al reclamo de miles de cristianos que durante años pidieron igualdad de condiciones legales para sus comunidades. A partir de ahora, las iglesias bonaerenses podrán contar con herramientas como cuentas bancarias, registro de bienes y articulación con el Estado, sin perder su identidad espiritual.
Buenos Aires se suma así a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que primero lo implementó por resolución de la Inspección General de Justicia del Ministerio de Justicia de la Nación, y luego las provincias de Santa Fe, Córdoba, Corrientes, Neuquén y Santa Cruz, y al Decreto Presidencial 486/2025 que promovió la Secretaría de Culto y Civilización de la Nación, y que insta a las provincias a seguir este camino que implementa la personería jurídica religiosa vigente en el Código Civil y Comercial (art. 148 inc. e), consolidando un paso fundamental en la valoración del rol espiritual y social de las iglesias en Argentina.



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