Buenos Aires, 18 de septiembre de 2024.- Con motivo del reciente tratamiento legislativo por parte de la Cámara unilateral de la Provincia de Córdoba, el día 27 de agosto pasado, tuvo lugar un zoom organizado por el equipo vida de la red de abogados de ACIERA, y coordinado por las Dra. Florencia Cortez y la Dra. Carlota López.
El expositor fue el legislador Dr. Rodrigo Agrelo, autor de los proyectos, perteneciente al Bloque legislativo de Encuentro Vecinal Córdoba y con reconocida trayectoria en la causa pro vida, con acciones ante la Corte Suprema de Justicia mediante el Portal de Belén y disertante en contra de la ley de aborto ante en el Senado de la Nación.
Se trataron en forma conjunta dos proyectos, el primero tenía por objeto “Suspender las Prácticas de Aborto en la Provincia de Córdoba” (Expediente N°38393/L/23) dejando sin efecto la aplicación de las disposiciones de la Ley Nacional N°27.610 y sus normas complementarias, exceptuando de ello, las previsiones en materia penal. En el segundo, bajo el número (Expediente N°38561-L.24) se propició disponer que, previo a la realización de todo procedimiento de aborto, deberá ofrecerse obligatoriamente la realización de una ecografía que permita voluntariamente observar al bebé desde su vientre, explicándole a la mamá su etapa gestacional, el estado de salud del mismo, y las características de la intervención a la que habrá de someterse y sus consecuencias físicas y psicológicas, debiendo transcurrir entre la solicitud de la práctica y la ecografía voluntaria, no menos de 24 horas.
Resulta importante destacar que es la primera vez que con fundamento en la normativa local, se cuestiona de modo sustancial la aplicación de la ley de aborto. En este sentido, el artículo 19 de la referida Constitución local expresa: “Todas las personas en la Provincia gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio: 1°. A la vida desde la concepción, a la salud, a la integridad psicofísica y moral y a la seguridad personal”.
Así, lo prescripto por la Constitución de Córdoba en materia de protección de vida humana resulta de un nivel de protección absoluto, legal y constitucional establecido en el marco de la autonomía provincial reglado por el Artículo 5 de la Constitución Nacional.
Por otro lado y en el marco de la legislación nacional emanada del Congreso de la Nación, en el año 2015 se dictó el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación que en su Art. 19 dispone:
“Comienzo de la existencia. La existencia de la persona humana comienza con la concepción”.
Por tanto, si hay persona, hay derechos y no hay personas que carezcan de derechos en nuestra normativa. Entonces si desde la concepción se es persona, desde la concepción se tienen derechos. Esto se adiciona además, por el “Principio Pro Homine” del Derecho Internacional de
los Derechos Humanos, el cual implica que siempre es de aplicación a la víctima la norma de derecho más protectora con independencia de su jerarquía en la pirámide jurídica.
Si bien ambos proyectos de ley han sido rechazados por 46 votos en contra, 6 abstenciones y 18 votos a favor, destacamos la labor del mencionado legislador y de su espacio político por la tarea desplegada.
Una vez más, ACIERA abre un espacio de unidad y encuentro, ante una de las causas más sensibles que como cuerpo de Cristo nos convocan, estando en acuerdo todos los asistentes que la causa pro vida está más viva que nunca.
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